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Ómnibus CSRD: qué cambia el paquete de simplificación para tu empresa

Written by Evellyn Schulze

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Banderas de la UE ante la sede de la Comisión Europea y una pila de documentos que ilustra el ómnibus CSRD

En apenas dieciocho meses, el marco europeo de información sobre sostenibilidad ha cambiado más que en toda la etapa anterior. El ómnibus CSRD, nombre con el que se conoce la reforma de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, ha reducido el número de empresas obligadas, ha retrasado los plazos y ha recortado de forma notable lo que hay que reportar.

Para los equipos de sostenibilidad, finanzas y cumplimiento en España, esto ha creado un panorama a dos velocidades. En Europa, la normativa ya está definida: la Directiva (UE) 2026/470 está en vigor y los ESRS simplificados han sido publicados en el Diario Oficial. Sin embargo, en España, la transposición aún está pendiente y la Ley 11/2018 sigue en pleno funcionamiento.

En esta guía, vamos a detallar qué cambios se han producido, qué empresas están dentro y fuera de la normativa, cuáles son los plazos clave y cómo organizar el proceso de reporting para estar listos para el ejercicio 2027. Todos los datos que compartimos provienen de fuentes oficiales o de análisis de referencia.

Ómnibus CSRD: qué cambia el paquete de simplificación

El ómnibus CSRD es la reforma de la CSRD aprobada mediante la Directiva (UE) 2026/470, publicada en el DOUE el 26 de febrero de 2026 y en vigor desde el 18 de marzo de 2026. Limita la obligación de informar a las empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de cifra de negocios, mantiene solo la verificación limitada y protege a las empresas más pequeñas de la cadena de valor.

Qué es el paquete ómnibus de sostenibilidad

El paquete ómnibus de sostenibilidad (también llamado ómnibus I u ómnibus ESG) es el conjunto de medidas que la Comisión Europea presentó el 26 de febrero de 2025 para reducir cargas administrativas. Forma parte de la agenda de simplificación y competitividad que, según LegalToday, se impulsó a raíz de los informes Letta y Draghi.

Afecta a tres normas: la CSRD (información de sostenibilidad), la CSDDD (diligencia debida) y la Taxonomía de la UE. El texto final fue más lejos que la propuesta inicial de la Comisión en el recorte de obligaciones.

Las piezas de la directiva ómnibus de sostenibilidad

Aunque se habla de «la directiva ómnibus», la reforma se ha desplegado en cinco instrumentos jurídicos distintos:

PiezaInstrumentoQué haceEstado (oct. 2026)
Stop-the-clockDirectiva (UE) 2025/794Aplaza dos años la obligación de las empresas que aún no reportabanEn vigor desde abril de 2025
Directiva de contenidoDirectiva (UE) 2026/470Modifica el ámbito y el contenido de la CSRD y la CSDDDEn vigor desde el 18/03/2026
TaxonomíaReglamento Delegado (UE) 2026/73Umbral de materialidad del 10% y plantillas más simplesAplicable desde el 01/01/2026
ESRS simplificadosReglamento Delegado (UE) 2026/1563Sustituye las normas de reporting de 2023En vigor el 10/11/2026
Norma voluntaria (VSME)Reglamento Delegado (UE) 2026/1560Marco voluntario y techo de información para la cadena de valorEn vigor desde el 24/09/2026

Los cambios principales en la CSRD

  1. Nuevo ámbito: solo informan las empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de cifra de negocios neta. Deben cumplirse los dos requisitos a la vez.
  2. Pymes cotizadas fuera: las antiguas empresas de la «ola 3» dejan de estar obligadas.
  3. Límite de la cadena de valor: las empresas de hasta 1.000 empleados pueden negarse a facilitar información que vaya más allá de la norma voluntaria, y las cláusulas contractuales en contra quedan sin efecto.
  4. Solo verificación limitada: desaparece la futura transición a verificación razonable. La Comisión debe aprobar las normas de verificación limitada antes del 1 de julio de 2027.
  5. Sin normas sectoriales obligatorias: la Comisión ya no puede adoptar ESRS sectoriales vinculantes, aunque podrá publicar orientaciones no vinculantes.
  6. Exención opcional para la «ola 1»: los Estados miembros pueden eximir de los ejercicios 2025 y 2026 a las empresas que ya reportaban y quedan fuera del nuevo ámbito.

Lo que no cambia también importa: la doble materialidad se mantiene, la verificación externa sigue siendo obligatoria y las empresas que se quedan dentro deben informar sobre su plan de transición climática cuando lo tengan.

Qué cambia en la diligencia debida (CSDDD)

La CSDDD se aplicará solo a empresas con más de 5.000 empleados y más de 1.500 millones de euros de facturación neta mundial, a partir del 26 de julio de 2029. Según el documento de compromiso del Consejo, se suprime la obligación de adoptar un plan de transición climático, se fija un tope de sanciones del 3% de la facturación mundial y se elimina el régimen armonizado de responsabilidad civil en favor de los regímenes nacionales.

La CSDDD se aplicará solo a empresas con más de 5.000 empleados y más de 1.500 millones de euros de facturación neta mundial, a partir del 26 de julio de 2029. Según el documento de compromiso del Consejo, se suprime la obligación de adoptar un plan de transición climático, se fija un tope de sanciones del 3% de la facturación mundial y se elimina el régimen armonizado de responsabilidad civil en favor de los regímenes nacionales.

¿Qué empresas deben cumplir la llamada ley ómnibus de sostenibilidad?

Aunque en el día a día se habla de «ley ómnibus de sostenibilidad», jurídicamente es una directiva europea. Eso significa que fija el marco común, pero cada Estado miembro tiene que incorporarla a su legislación antes de que obligue directamente a las empresas.

Empresas de la UE: más de 1.000 empleados y 450 millones de euros

Tras el ómnibus, deben informar las empresas y grupos de la UE que superen, a nivel individual o consolidado, una media de 1.000 empleados y una cifra de negocios neta de 450 millones de euros. La comparación con el régimen original muestra la magnitud del cambio:

CriterioCSRD originalTras el ómnibus CSRD
Grandes empresas de la UE2 de 3: más de 250 empleados, 50 M€ de cifra de negocios o 25 M€ de activoMás de 1.000 empleados y más de 450 M€ de cifra de negocios
Pymes cotizadasIncluidasExcluidas
Grupos de fuera de la UEMás de 150 M€ de cifra de negocios en la UEMás de 450 M€ en la UE y filial o sucursal de más de 200 M€
Cadena de valorSin límite a las solicitudesEmpresas de hasta 1.000 empleados protegidas
VerificaciónLimitada, con posible paso a razonableSolo limitada

El efecto sobre el número de empresas obligadas es muy significativo. La propuesta inicial de la Comisión estimaba una reducción de entre el 75% y el 82%, y el acuerdo final la eleva a en torno al 90%, según A&O Shearman. No hay una cifra oficial codificada, por lo que conviene leer estos porcentajes como estimaciones.

Grupos de fuera de la UE

Los grupos con matriz fuera de la UE quedan obligados cuando generan más de 450 millones de euros de cifra de negocios en la Unión y tienen una filial o sucursal en la UE que supera los 200 millones. Su primer informe corresponde al ejercicio 2028. Informarán con una norma propia (ESRS para grupos de terceros países), que la Comisión prevé adoptar en 2027.

Empresas que quedan fuera: VSME y límite de la cadena de valor

Quedar fuera de la CSRD no significa dejar de recibir peticiones de datos. Bancos, aseguradoras y grandes clientes seguirán necesitando información de sus proveedores y participadas. Lo que cambia es que ahora existe un techo legal.

Ese techo lo marca la norma voluntaria basada en la VSME, en vigor desde el 24 de septiembre de 2026. A partir de los ejercicios que empiecen el 1 de enero de 2027, una empresa obligada no podrá exigir a una empresa de su cadena de valor con 1.000 empleados o menos más información de la que recoge esa norma.

Para las empresas medianas españolas, esto tiene dos lecturas prácticas:

  • Ventaja: un formato único y proporcionado para responder a varios clientes a la vez, en lugar de cuestionarios distintos.
  • Exigencia: quien prepare sus datos con el estándar VSME responderá antes y mejor, algo que puede pesar en procesos de compra y financiación.

ESRS simplificados: qué cambia en el contenido del informe

Los ESRS simplificados son la nueva versión de las normas europeas de información sobre sostenibilidad. Se publicaron en el DOUE el 21 de septiembre de 2026 como Reglamento Delegado (UE) 2026/1563, entran en vigor el 10 de noviembre de 2026 y son obligatorios para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027. Al ser un reglamento, no necesitan transposición nacional.

Según la Comisión Europea, reducen más de un 60% los datos obligatorios y más de un 70% los datos totales, con un ahorro esperado de costes de reporting superior al 30% por empresa.

AspectoESRS 2023ESRS simplificados (2026)
Extensión284 páginas163 páginas
Doble materialidadObligatoriaSe mantiene, con enfoque descendente (top-down) más claro
Datos voluntariosNumerososEliminados en gran parte
Información comercialmente sensibleSin exención específicaPuede omitirse
Interoperabilidad con ISSBParcialReforzada
Efectos financieros previstosExención transitoria limitadaExención ampliada un año más

Qué hacer con el ejercicio 2026

Las empresas que ya informan conforme a la CSRD tienen tres opciones para los ejercicios que empiecen en 2026:

  1. Aplicar los ESRS de 2023 con las modificaciones del Reglamento Delegado quick fix de 2025.
  2. Aplicar de forma anticipada los ESRS simplificados.
  3. Aplicar los ESRS de 2023 acogiéndose a determinadas exenciones de la nueva versión.

En cualquier caso, el informe debe indicar claramente qué versión se ha aplicado.

Un punto pendiente: EFRAG está cerrando la lista definitiva de datos de los nuevos ESRS, que espera publicar antes de que acabe 2026. Es la referencia que conviene usar para mapear las fuentes de información internas.

Plazos clave para la implementación de la CSRD ómnibus

El primer informe obligatorio con el nuevo ámbito corresponde al ejercicio 2027 y se publicará en 2028. Para que ese informe sea sólido, la recogida de datos tiene que estar funcionando desde el 1 de enero de 2027, lo que convierte 2026 en el año de preparación.

FechaHito
26/02/2025La Comisión presenta el paquete ómnibus
Abril de 2025Entra en vigor la directiva stop-the-clock
08/01/2026Se publica la simplificación de la Taxonomía
18/03/2026Entra en vigor la Directiva (UE) 2026/470
21/09/2026Se publican los ESRS simplificados y la norma voluntaria
10/11/2026Entran en vigor los ESRS simplificados
01/01/2027Aplicación obligatoria de los nuevos ESRS y del límite de la cadena de valor
19/03/2027Fin del plazo de transposición de la parte CSRD
01/07/2027Fecha límite para las normas de verificación limitada
2028Primeros informes de empresas de la UE (ejercicio 2027)
26/07/2028Fin del plazo de transposición de la CSDDD
2029Primeros informes de grupos de fuera de la UE (ejercicio 2028)
26/07/2029Aplicación de la CSDDD
30/04/2031La Comisión evalúa si ampliar de nuevo el ámbito de la CSRD

La última fecha merece atención. Según Cuatrecasas, antes del 30 de abril de 2029 la Comisión revisará también el uso de la norma voluntaria y el funcionamiento del límite de la cadena de valor. El ámbito actual no es necesariamente definitivo.

Ómnibus CSRD en España: EINF, Ley 11/2018 y la transposición pendiente

En España, la CSRD todavía no se ha transpuesto. La Ley 11/2018 y su estado de información no financiera (EINF) siguen siendo la norma vigente y lo seguirán siendo hasta que se apruebe la ley de transposición.

Dónde está la Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad

El Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad el 29 de octubre de 2024 y lo remitió a las Cortes por el procedimiento de urgencia. A finales de septiembre de 2026 seguía en tramitación en el Congreso de los Diputados, con el plazo de enmiendas ampliado de forma sucesiva.

España tampoco ha transpuesto la directiva stop-the-clock. Según el seguimiento de Ropes & Gray recogido por Corresponsables, es uno de los seis Estados miembros que no habían adoptado ninguna norma, junto con Alemania, Grecia, Malta, Portugal y Eslovaquia. La lógica es sencilla: no tiene sentido aplazar una obligación que todavía no existe en el derecho español.

Lo previsible es que la ley española incorpore directamente los cambios del ómnibus. Aun así, hasta conocer el texto final no conviene dar por cerrados detalles nacionales como el régimen sancionador o el papel de los verificadores.

Qué recomiendan la CNMV y el ICAC

En noviembre de 2025, la CNMV y el ICAC publicaron recomendaciones conjuntas para gestionar esta transición. Mantienen la línea de su comunicado anterior: elaborar el EINF conforme a la Ley 11/2018, tomando como referencia el marco de los ESRS.

Qué significa para una empresa española

  • Si superas los umbrales del ómnibus: prepara el informe de 2027 con los ESRS simplificados, sin dejar de cumplir con el EINF mientras la Ley 11/2018 esté vigente.
  • Si estás obligada al EINF pero no superas los umbrales: el EINF sigue siendo obligatorio hoy. Lo que establezca la futura ley para tu caso dependerá del texto final.
  • En todos los casos: recuerda que conviven otras obligaciones nacionales, como el cálculo de la huella de carbono del Real Decreto 214/2025.

Cómo preparar el informe de sostenibilidad conforme al ómnibus CSRD en tu empresa

La simplificación reduce el volumen de datos, pero no la exigencia de calidad: el informe seguirá sometido a verificación externa. Estos son los pasos que permiten ordenar el proceso:

  1. Confirma tu situación. Comprueba los dos umbrales (empleados y cifra de negocios) a nivel individual y consolidado, y si tu grupo tiene matriz fuera de la UE.
  2. Elige la versión de ESRS para 2026. Si ya informas conforme a la CSRD, decide entre las tres opciones de transición y documenta el motivo.
  3. Actualiza la doble materialidad. Revisa el análisis con el enfoque descendente de los nuevos ESRS: primero los temas, después los impactos, riesgos y oportunidades concretos.
  4. Mapea los datos con sus fuentes. Cruza los requisitos aplicables con la lista de datos de EFRAG y asigna a cada uno su fuente y su responsable interno.
  5. Ajusta las solicitudes a proveedores. Rediseña los cuestionarios a la cadena de valor para que no superen la norma voluntaria cuando el proveedor tenga 1.000 empleados o menos.
  6. Mantén el EINF en paralelo. Mientras no se apruebe la ley de transposición, la Ley 11/2018 sigue siendo de aplicación.
  7. Prepara la verificación desde el inicio. Conserva evidencias, cálculos y criterios de cada dato para facilitar el trabajo del verificador.
  8. Implica a los órganos de gobierno. El consejo y la comisión de auditoría deben conocer el calendario, las decisiones metodológicas y los riesgos.

Errores frecuentes que conviene evitar

  • Dar por hecho que, si la empresa queda fuera de la CSRD, desaparecen las peticiones de datos.
  • Abandonar el EINF antes de que cambie la ley española.
  • Esperar a 2027 para montar la recogida de datos.
  • Tratar la verificación como un trámite final y no como un requisito de diseño.

Qué software ayuda a cumplir con los requisitos del ómnibus CSRD

Con menos datos obligatorios pero más foco en la materialidad y la trazabilidad, las hojas de cálculo dispersas se convierten en un riesgo. Un software de gestión ESG facilita centralizar la información, coordinar a los responsables de cada dato y llegar a la verificación con evidencias ordenadas.

Criterios para elegir una plataforma

CriterioPor qué importa tras el ómnibus
Adaptación a los ESRS simplificadosLa versión de 2026 es obligatoria desde el ejercicio 2027
Solicitudes de información a proveedoresEl límite de la cadena de valor obliga a pedir solo lo necesario
Trazabilidad y evidenciasLa verificación limitada sigue siendo obligatoria
Soporte a la doble materialidadSigue siendo la base del informe
Varios marcos a la vezEn España convivirán un tiempo el EINF, los ESRS y marcos como GRI
Indicadores y cuadros de mandoPermiten seguir la evolución, no solo informar una vez al año

Cómo ayuda Presgo

Presgo es una plataforma de gestión y reporting ESG pensada para empresas de cualquier tamaño. Permite centralizar indicadores ESG, organizar la recogida de datos entre departamentos y solicitar información a los proveedores desde la propia herramienta, con el registro de evidencias que facilita la verificación.

Para una empresa dentro del nuevo ámbito, esto ayuda a preparar el informe conforme a la CSRD manteniendo en paralelo el EINF. Para una empresa de la cadena de valor, facilita tener sus datos listos para responder a clientes y entidades financieras con un formato coherente.

Conclusión

El ómnibus CSRD no elimina la información de sostenibilidad: la concentra en las empresas más grandes, la hace más manejable y fija límites a lo que se puede pedir al resto. En Europa, el marco está cerrado desde septiembre de 2026, con la Directiva (UE) 2026/470 y los ESRS simplificados ya publicados.

En España, el reto es gestionar la transición. La Ley 11/2018 sigue vigente, la ley de transposición sigue en tramitación y el primer informe con el nuevo ámbito llegará en 2028 sobre datos de 2027. Las empresas que usen 2026 para ordenar su doble materialidad, sus fuentes de datos y su relación con la cadena de valor llegarán mejor preparadas a esa primera verificación. Entender bien el ómnibus CSRD es, por tanto, el primer paso para planificar con seguridad.



FAQ

¿Qué es el ómnibus CSRD?

Es la reforma de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad aprobada por la Directiva (UE) 2026/470, en vigor desde el 18 de marzo de 2026. Limita la obligación de informar a las empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de cifra de negocios, mantiene solo la verificación limitada y protege a las empresas pequeñas de la cadena de valor.

¿Sigue siendo obligatorio el EINF en España?

Sí. España todavía no ha transpuesto la CSRD, así que la Ley 11/2018 y el estado de información no financiera siguen vigentes. La CNMV y el ICAC recomiendan elaborarlo tomando como referencia el marco de los ESRS. La situación cambiará cuando se apruebe la Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad.

¿Mi empresa de 600 empleados tiene que aplicar la CSRD?

Según la directiva europea, no: el nuevo ámbito exige superar a la vez 1.000 empleados y 450 millones de euros de cifra de negocios. Sin embargo, puede seguir obligada al EINF en España y recibir peticiones de datos de clientes. Desde 2027, esas peticiones no podrán superar lo que recoge la norma voluntaria.

¿Qué son los ESRS simplificados?

Son la versión revisada de las normas europeas de información sobre sostenibilidad, publicada como Reglamento Delegado (UE) 2026/1563. Reducen más de un 60% los datos obligatorios, mantienen la doble materialidad y son obligatorios desde el ejercicio 2027, con aplicación anticipada posible en 2026.

¿Qué incluye el ómnibus ESG?

Es otra forma de llamar al paquete ómnibus de sostenibilidad presentado por la Comisión Europea en febrero de 2025. Incluye cambios en la CSRD (información de sostenibilidad), la CSDDD (diligencia debida) y la Taxonomía de la UE, además de los ESRS simplificados y una norma voluntaria para empresas no obligadas.

Meet the author

Evellyn Schulze

Gerente de Marketing con experiencia en empresas B2B de tecnología. Actualmente en Azeus Systems, lidera creación de contenido, diseño de materiales, eventos, webinars y estrategia para Presgo (ESG) y Convene Board Portal (gobierno corporativo), en el mercado español y europeo, dirigiéndose a consejeros y responsables de sostenibilidad.

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