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Real Decreto 214/2025 de huella de carbono: cómo se están adaptando las empresas españolas

Written by Evellyn Schulze

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Profesional revisando documentos en papel y usando una calculadora, símbolo del cálculo manual de la huella de carbono antes del Real Decreto 214/2025

El Real Decreto 214/2025 de huella de carbono, conocido en el sector como el decreto de huella de carbono, marca un hito en la gobernanza ambiental española. Publicado en el BOE el 12 de abril de 2025 y en vigor desde el 12 de junio de 2025, sitúa la medición y la divulgación de emisiones en el centro de la estrategia empresarial. Más de un año después, sin embargo, los datos de adopción muestran que buena parte del tejido empresarial español todavía va por detrás del calendario legal.

Entender bien qué exige realmente esta normativa de huella de carbono, y qué no exige, evita errores frecuentes de interpretación. A continuación repasamos los requisitos concretos, cómo se están adaptando realmente las empresas y las vías prácticas para cumplir.

¿Qué es el Real Decreto 214/2025?

El Real Decreto 214/2025 crea el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, y establece la obligación de calcular la huella de carbono, elaborar un plan de reducción de emisiones y publicar ambos documentos. Deroga el anterior Real Decreto 163/2014 y desarrolla el mandato de la Ley 7/2021 de cambio climático.

Conviene distinguir tres elementos: el Registro (gestionado por la Oficina Española de Cambio Climático, de inscripción voluntaria para empresas privadas), la obligación de cálculo y publicación (esta sí de obligado cumplimiento) y el plan de reducción, con horizonte mínimo de cinco años y objetivos cuantificados frente a un año base.

¿Qué empresas están obligadas a calcular su huella de carbono?

El Real Decreto no amplía el grupo de empresas obligadas más allá de las que ya debían elaborar el Estado de Información No Financiera (EINF), según el artículo 49.5 del Código de Comercio y el artículo 262.5 de la Ley de Sociedades de Capital: sociedades con cuentas consolidadas y sociedades de capital con más de 500 empleados que sean entidades de interés público o grandes empresas.

Tipo de organizaciónObligación de calcularAlcances obligatoriosRegistro
Empresas obligadas por EINF (>500 empleados, EIP o gran empresa)Sí, anualAlcance 1 y 2 (3 voluntario)Voluntario
Administración General del Estado y organismosSí, anualAlcance 1 y 2 (3 obligatorio desde 2028)Obligatorio desde 2026
Pymes fuera del EINFNo, por este RDVoluntarioVoluntario
Grandes eventos (+1.500 asistentes)Sí, para el eventoDirectas e indirectasSegún corresponda

Las pymes fuera del EINF no quedan obligadas directamente, aunque muchas calculan su huella porque forman parte de la cadena de suministro de una empresa obligada, que puede exigírselo por contrato.

Plazos de cumplimiento

El primer cálculo relevante corresponde al ejercicio 2025, reflejado en la información publicada en 2026. Para empresas privadas, el calendario sigue el que ya marca la Ley 11/2018. La publicación puede cumplirse incluyendo los datos en el informe de sostenibilidad ya existente o publicándolos en la web corporativa, sin necesidad de duplicar el ejercicio.

¿Cómo funciona el cálculo de la huella de carbono alcance 1, 2 y 3?

El cálculo debe cubrir, como mínimo, las emisiones directas (alcance 1) y las indirectas de la energía adquirida (alcance 2), usando los factores de emisión que publica la OECC. Solo pueden excluirse fuentes no significativas, sin superar el 5 % del total. El alcance 3, que cubre la cadena de valor, es voluntario para empresas privadas; solo será obligatorio para la Administración General del Estado desde el ejercicio 2028.

El plan de reducción debe fijar un objetivo cuantificado frente a un año base, con horizonte de al menos cinco años, coherente con el Acuerdo de París. La verificación externa solo es obligatoria si la organización solicita la inscripción voluntaria en el Registro; el resto de organizaciones obligadas puede calcular y publicar sin ese requisito.

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¿Cómo se están adaptando las empresas españolas al Real Decreto 214/2025?

La adopción real avanza más despacio que el calendario legal. Según la última encuesta de CEOE a más de 1.000 empresas españolas, solo el 49,3 % calcula ya su huella de carbono, y el 83,5 % no la tiene registrada a nivel nacional en el MITECO. La brecha es mayor entre las pymes: el 83 % de las encuestadas no tiene su huella registrada, un porcentaje que sube al 99 % si se extrapola al conjunto de pymes españolas según datos del INE.

El Anuario Climático 2025, elaborado por el Pacto Mundial de la ONU España y ECODES, confirma que el impulso viene sobre todo de las grandes empresas: el Registro de huella de carbono del MITECO ya suma 2.870 huellas, la participación en el cuestionario CDP Clima ha crecido un 21 % (90 empresas españolas) y las compañías con objetivos de reducción validados por el SBTi han aumentado un 22 %, hasta 224. El sector energético ilustra bien esta concentración: solo 43 huellas registradas acumulan el 82 % del CO2 total declarado del país.

Un matiz que muchas filiales pasan por alto: según la nota aclaratoria del propio MITECO, una empresa española con matriz en otro país de la UE puede quedar exenta del Real Decreto si su matriz ya reporta la huella y el plan de reducción conforme a los requisitos de información no financiera de su Estado miembro.

Beneficios y riesgos

Anticiparse aporta ventajas reales: facilita el acceso a financiación verde, fortalece la posición en contratación pública (donde el propio RD habilita la huella de carbono como criterio de valoración), mejora la comparabilidad frente al sector y reduce el riesgo de acusaciones de greenwashing.

No cumplir también tiene consecuencias, aunque el propio Real Decreto no fije un régimen sancionador directo:

  • Omitir esta información en el EINF incumple el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital.
  • Puede derivar en exclusión de procesos de contratación pública.
  • Genera daño reputacional frente a inversores y clientes cada vez más exigentes con la transparencia climática.
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Innovaciones: eventos y carbono azul

El RD 214/2025 obliga a los grandes eventos (más de 1.500 asistentes) a calcular y publicar su propia huella. Además, reconoce formalmente el carbono azul, el carbono almacenado en ecosistemas marinos, como categoría de proyectos de absorción inscribibles, abriendo una vía de mitigación para sectores costeros. También refuerza la interoperabilidad entre registros autonómicos y el estatal.

Buenas prácticas para preparar el cumplimiento

  1. Identificar si la empresa entra en el perímetro del EINF o si el requisito llega por contrato.
  2. Centralizar los datos de consumo energético en un único sistema, no en hojas de cálculo dispersas.
  3. Documentar los límites del cálculo y justificar cualquier exclusión.
  4. Definir el plan de reducción con año base y objetivos medibles a cinco años.
  5. Decidir con criterio si conviene inscribirse en el Registro, ya que implica verificación externa.

Cómo Presgo facilita el cumplimiento

Presgo ayuda a automatizar el proceso: extrae los datos de consumo directamente de las facturas mediante IA, calcula la huella por alcances, gestiona el plan de reducción con indicadores de seguimiento y genera informes adaptables al formato EINF, CSRD o VSME. También favorece la trazabilidad frente a auditores externos, con dashboards para el seguimiento continuo.

Conclusión

El Real Decreto 214/2025 no debería leerse solo como un coste de cumplimiento, aunque los datos de CEOE y del Anuario Climático 2025 muestran que buena parte del tejido empresarial español todavía va por detrás del calendario legal. Las empresas que ya calculan su huella con rigor, se apoyan en marcos como el CDP o el SBTi y definen un plan de reducción real fortalecen su acceso a financiación verde y su posición en contratación pública. Mientras el resto corre el riesgo de llegar tarde a una exigencia que ya no es solo regulatoria, sino también comercial. Entender qué exige la norma, y cómo se está moviendo realmente el mercado a su alrededor, es el primer paso para convertirla en ventaja competitiva.


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¿Qué empresas están obligadas por el Real Decreto de huella de carbono?

Las empresas que ya debían reportar información no financiera según la Ley 11/2018: sociedades con cuentas consolidadas y sociedades de capital con más de 500 empleados que sean entidades de interés público o grandes empresas. También la Administración General del Estado y sus organismos.

¿Cuáles son los plazos para el registro de huella de carbono según la normativa española?

 El primer cálculo obligatorio corresponde al ejercicio 2025 y se refleja en la información publicada en 2026. Para empresas privadas, la inscripción en el Registro MITECO es voluntaria; para el sector público estatal, es obligatoria desde 2026.

¿Qué sanciones existen por incumplir el Real Decreto de huella de carbono?

El propio Real Decreto no fija un régimen sancionador directo, pero la omisión de esta información en el EINF supone un incumplimiento del Código de Comercio y de la Ley de Sociedades de Capital, y puede derivar en exclusión de procesos de contratación pública.

¿Qué deben saber las pymes sobre el Real Decreto 214/2025?

 Las pymes que no forman parte del grupo obligado por el EINF no están sujetas directamente a este Real Decreto, aunque muchas empiezan a calcular su huella porque un cliente grande se lo exige por contrato. Según CEOE, el 83 % de las pymes encuestadas no tiene aún su huella registrada en el MITECO.

¿Existen plataformas digitales para gestionar el informe huella de carbono conforme al Real Decreto?

Sí. Plataformas como Presgo permiten calcular la huella por alcances, generar el plan de reducción con indicadores de seguimiento y producir informes adaptados al EINF, la CSRD o el VSME desde un mismo sistema.

¿Qué software se recomienda para automatizar la medición de huella de carbono bajo el Real Decreto?

Conviene priorizar plataformas que extraigan datos de consumo automáticamente (por ejemplo, de facturas energéticas mediante IA), calculen por alcances, generen KPIs para el plan de reducción y produzcan informes en el formato que ya utiliza la empresa, evitando la carga manual de datos.

Meet the author

Evellyn Schulze

Gerente de Marketing con experiencia en empresas B2B de tecnología. Actualmente en Azeus Systems, lidera creación de contenido, diseño de materiales, eventos, webinars y estrategia para Presgo (ESG) y Convene Board Portal (gobierno corporativo), en el mercado español y europeo, dirigiéndose a consejeros y responsables de sostenibilidad.

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